La corte constitucional determinó que el agua es un derecho esencial. Bajo ninguna circunstancia se le puede cortar el agua por deudas a las personas. Por esta razón, las empresas deben garantizarle un mínimo del vital líquido al día.
Hoy en día, ninguna empresa tiene el derecho de cortarle el servicio de agua a un cliente que justifique que no tiene los recursos para pagarles la deuda.
Si por ejemplo tiene deudas de algún tipo, aquí no le influye pero le recomendamos ponerse en manos de profesionales, como Repara Tus Dedudas, que le pueden ayudar a cancelar tarjetas revolving o salir de las deudas agobiantes.
En todos los municipios españoles, se encuentran organismos públicos de acción social que cubren la mitad o totalmente el costo de los recibos de agua y otros servicios básicos, para la comunidad que no pueden hacer frente a ellos.
Son más de 24millones de personas que habitan en municipios en donde existen las bonificaciones, ya sea de fondos de solidaridad, de estructura tarifaria o de ambos.
Cada municipio tiene fijado los criterios para poder acceder a este tipo de bonificaciones, tomando en cuenta aspectos como: tener una familia con una gran cantidad de integrantes, ser responsables con el consumo del agua y tener una exención social.
Las empresas de servicios de agua, deben facilitarte acuerdo de pago que se ajuste al cliente según su situación de pago y situación en general. Estos están autorizados a utilizar como última medida para racionarles el servicio de agua, en caso de que no lleguen a pagar la cuenta.
Pueden suministrarles sólo 50lt de agua al día por cada habitante de la casa y en este caso, deben llevar a cabo mecanismos que garanticen ese suministro mínimo al día.
¿Quién tiene el poder de condonar el pago de la deuda de agua?
Los operadores legalmente no tienen el permiso para remitir la deuda contraída por el impago de la prestación de los servicios. Si lo hacen, estarían actuando por encima de su cargo de gesto de un ente público.
Cuando se tiene conocimiento de que el cliente no tiene los medios para pagar el servicio público, no se puede proceder a la suspensión del mismo.
Las administraciones públicas son las únicas que tienen la capacidad y responsabilidad de garantizarles un abastecimiento del agua potable a la comunidad. Por esta razón, la cobertura social para todas las familias que no tengan la posibilidad de asumir el pago de las facturas.
Es fundamental recordarles a los ciudadanos que el bono social de agua potable existe. Cada municipio tiene marcado sus pautas y requisitos para acceder a sus bonificaciones.
Mientras tengas derecho y teniendo el conocimiento para solicitar y acceder a la bonificación social del agua, puede ayudarte a facilitar la economía en tú familia.
Hay mucho de estos municipios en donde las empresas gestoras, firman unos convenios con los ayuntamientos para crear los fondos sociales. Gracia a esto se garantiza el agua a las familias sin recursos. Estas ayudas la mayoría del tiempo las asumen las empresas a fondo perdido.
¿Qué hacer en caso de que decidan cortar el agua por deudas?
Para solventar esta situación lo primero que se debe realizar es la cancelación de la deuda y pasar a solicitar dicha reconexión.
En caso de que dicho servicio sea cortado o suspendido, es necesario subsanar la causa. Sin embargo, el servicio del abastecimiento de agua es obligatorio.
Por esto, a los 30 días la empresa debe enviar una notificación al ciudadano. De existir la posibilidad de cortar el agua por deudas, será únicamente después de no realizar el pago de dos recibos.
Si el ciudadano no puede realizar dicho pago por situaciones económicas, obligatoriamente debe solicitar ayuda en los servicios sociales municipales.